Instrumento de Selección de Empresas del Sector Turismo -Gastronómico Experimento Avanzado

A.     Descripción del componente

La Alcaldía Local de Santa Fe en colaboración con la empresa BD GUIDANCE S.A.S (contrato No. FDLSF-CPS-276-2022) invitan a las personas de la Localidad de Santa Fe para que se inscriban en el componente No. II del programa “Comunidad emprende”, el cual tiene como objetivo reducir al máximo el impacto ambiental que posea el sector turismo- gastronómico de la localidad.

El programa está dirigido a emprendimientos y/o MiPymes de la localidad de Santa Fe del sector turismo-gastronómico como por ejemplo:

  • Restaurantes, cafeterías, bares o similares

  • Hoteles, hostales o similares

  • Agencias de turismo

Se beneficiarán a máximo veinticinco (25) emprendimientos y/o MiPymes, que deben ser emprendedores o MiPymes.

Los beneficiarios recibirán un proceso integral de capacitación y de acompañamiento para la mitigación del impacto ambiental generado por las actividades empresariales, a través del desarrollo de un proyecto ambiental aplicable en su negocio que contribuya a la sostenibilidad ambiental, embellecimiento y responsabilidad social. Además, se entregará un incentivo económico dependiendo el impacto del proyecto y representado en materiales y/o servicios, que será entre tres (3) y diez (10) millones de pesos incluido IVA. 

Glosario

Beneficiario. emprendimiento que fue seleccionado para recibir la formación, acompañamiento, asesoría y orientación técnica del programa “Comunidad emprende”.

Disposición final de residuos. Es el proceso de aislar y confinar los residuos sólidos en especial los no aprovechables, en forma definitiva, en lugares especialmente seleccionados y diseñados para evitar la contaminación, y los daños o riesgos a la salud humana y al medio ambiente.

Contaminación. Es la alteración del medio ambiente por sustancias o formas de energía puestas allí por la actividad humana o de la naturaleza en cantidades, concentraciones o niveles capaces de interferir con el bienestar y la salud de las personas, atentar contra la flora y/o la fauna, degradar la calidad del medio ambiente o afectar los recursos de la Nación o de los particulares.

Emprendimiento: comprende desde la fase de ideación de un negocio, hasta la fase de pre-consolidación en el mercado, es decir, desde el momento de la generación de la idea de negocio, hasta tres años después de su puesta en marcha.

Emprendedor: Es una persona con capacidad de innovar; entendida esta como la capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, ética, responsable y efectiva (Fuente: Ley 1014 de 2006).

Gestión integral de residuos sólidos. Es el conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos producidos el destino más adecuado desde el punto de vista ambiental, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento, posibilidades de recuperación, aprovechamiento, comercialización y disposición final.

Lixiviado. Es el líquido residual generado por la descomposición biológica de la parte orgánica o biodegradable de los residuos sólidos bajo condiciones aeróbicas o anaeróbicas y/o como resultado de la percolación de agua a través de los residuos en proceso de degradación.

Reciclaje. Es el proceso mediante el cual se aprovechan y transforman los residuos sólidos recuperados y se devuelve a los materiales su potencialidad de reincorporación como materia prima para la fabricación de nuevos productos. El reciclaje puede constar de varias etapas: procesos de tecnologías limpias, reconversión industrial, separación, recolección selectiva, acopio, reutilización, transformación y comercialización.

Recolección. Es la acción y efecto de recoger y retirar los residuos sólidos de uno o varios generadores efectuada por la persona prestadora del servicio.

Residuo o desecho peligroso. Es aquel que por sus características infecciosas, tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables, volátiles, combustibles, radiactivas o reactivas puedan causar riesgo a la salud humana o deteriorar la calidad ambiental hasta niveles que causen riesgo a la salud humana. También son residuos peligrosos aquellos que sin serlo en su forma original se transforman por procesos naturales en residuos peligrosos. Así mismo, se consideran residuos peligrosos los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos. 

Residuo sólido o desecho. Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que el generador abandona, rechaza o entrega y que es susceptible de aprovechamiento o transformación en un nuevo bien, con valor económico o de disposición final. Los residuos sólidos se dividen en aprovechables y no aprovechables. Igualmente, se consideran como residuos sólidos aquellos provenientes del barrido de áreas públicas. 

Residuo sólido aprovechable. Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido que no tiene valor de uso directo o indirecto para quien lo genere, pero que es susceptible de incorporación a un proceso productivo. 

Residuo sólido no aprovechable. Es todo material o sustancia sólida o semisólida de origen orgánico e inorgánico, putrescible o no, proveniente de actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que no ofrece ninguna posibilidad de aprovechamiento, reutilización o reincorporación en un proceso productivo. Son residuos sólidos que no tienen ningún valor comercial, requieren tratamiento y disposición final y por lo tanto generan costos de disposición.

Requisitos para participar

 

  1. Tener un emprendimiento y/o MiPyme establecido en la Localidad de Santa Fe, con mínimo un (1) año de operación y que pertenezca al sector turístico-gastronómico.

  2. Contar con acceso a Internet, cuenta de correo electrónico, teléfono de contacto y computador o similar para el desarrollo de la ruta de formación.

  3. No estar incurso en causales de disolución o liquidación.

Observaciones:

  • Se deben leer los requisitos de la convocatoria y asegurarse de cumplirlos en su totalidad antes de la inscripción.

  • Las personas extranjeras podrán participar siempre y cuando cumplan con las condiciones anteriores y posean cédula de extranjería, pasaporte o permiso de permanencia en el país.

  • No podrán participar aquellos emprendimientos o personas que ya fueron beneficiados en proyectos similares subsidiados por el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe durante las vigencias 2021 y 2022 o beneficiarios de convenios similares.

  • La totalidad de los requisitos, preguntas frecuentes y respuestas a inquietudes, serán publicados en el sitio web del programa: www.comunidademprende.co

Proceso de inscripciones

Las personas que deseen participar con su emprendimiento y/o MiPyme deben diligenciar el formulario que aparece en el sitio web www.comunidademprende.co con la siguiente información:

      Persona que representa el emprendimiento y/o MiPyme del sector turismo-gastronómico, con su información básica y de contacto:

  • Nombre completo

  • Tipo y número de identificación

  • Número de contacto

  • Correo electrónico

  • Grupo poblacional (si aplica): comunidad NARP, comunidad LGTBIQ+, indígenas, jóvenes, adulto mayor, mujeres campesinas, cuidadores (hombres y mujeres), otro (escribir cuál).

  • Condición de vulnerabilidad (si aplica): madres cabeza de hogar, persona con discapacidad, víctima del conflicto armado, otro (escribir cuál).

  • Cargo en el emprendimiento

Adjuntar:

  • Copia legible del documento de identidad en formato JPG o PDF, por ambas caras. Si el postulante es de nacionalidad extranjera, deberá contar con el Permiso Especial de Permanencia expedido por la entidad competente.

  • En caso de manifestar alguna condición de vulnerabilidad, documento que certifique la misma como, por ejemplo:

    • Copia del registro único víctimas (RUV) con hecho victimizante.

    • Certificado de discapacidad

      Datos emprendimiento y/o MiPyme del sector turismo-gastronómico:

  • Nombre del establecimiento

  • Número de NIT

  • Dirección de la sede física del establecimiento

  • Actividad económica según la DIAN

  •  Fecha de inicio de la actividad económica

Adjuntar:

  • Registro único tributario (RUT) actualizado no mayor a 30 días donde se demuestre que la actividad económica es del sector turismo-gastronómico.

  • Formato firmado certificando no estar incurso en causal de disolución o liquidación (ver anexo).

  • Tres (3) fotografías del lugar donde ejerce la actividad económica, en formato JPG con buena resolución y un tamaño máximo por archivo de 5 Mb.

  • Factura de servicio público del mes inmediatamente anterior del domicilio principal donde se ejerce la actividad económica.

  • Último pago de planilla de seguridad social

  • Certificado de los ingresos por actividades ordinarias anuales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior expedido por revisor fiscal, contador o representante legal.

  • Certificado de cuenta bancaria a nombre de la empresa no mayor a 30 días de expedición.

Observaciones:

  • El responsable de la inscripción al programa será el representante legal del emprendimiento y/o MiPyme y con su registro certifica que la información entregada es veraz.

  • Si un emprendimiento y/o MiPyme se inscribe más de una vez, se tendrá en cuenta únicamente el último registro.

  • El diligenciamiento del formulario de inscripción o el envío de documentos, posterior a la fecha y hora indicada en el cronograma de la convocatoria o por medio distinto, no se tendrán en cuenta dentro del proceso de selección.

  • La Alcaldía Local de Santa Fe y BD Guidance SAS no se hacen responsables por errores de digitación en el formulario. Una vez inscrito no se permitirán modificaciones, ni se tendrán en cuenta las postulaciones que estén incompletas, que contengan información imprecisa, no veraz, ilegible o repetida.

  • La Alcaldía Local de Santa Fe y BD Guidance SAS se reservan el derecho de solicitar documentación o aclaraciones adicionales a la información presentada como requisito, con el fin de resolver dudas que se lleguen a presentar.

  • El diligenciar completamente el formulario de inscripción no garantiza que la persona o el emprendimiento sea seleccionado.

  • El responsable de la inscripción autoriza con el envío de la información a la Alcaldía Local de Santa Fe y BD Guidance SAS el uso de datos personales para los fines pertinentes y declara bajo la gravedad de juramento que la información suministrada y consignada para esta convocatoria es real y veraz, y autoriza a que se verifique por cualquier medio la información aportada en virtud de la mencionada convocatoria, y en caso de falsedad, acepto que no podré ser beneficiario de esta.

Criterios de selección

Se seleccionarán para el programa los veinticinco (25) emprendimientos y/o MiPymes que obtengan el mayor puntaje según los criterios descritos en este apartado, los cuales deberán cumplir con la totalidad de los requisitos solicitados y firmar carta de compromiso con el programa.

Los primeros ochenta (80) emprendimientos que hayan registrado la información completa en la inscripción quedarán en estado de PRE-SELECCIONADO.

Una vez se haya culminado el plazo para el envío de la documentación, se procederá a otorgar a los preseleccionados el puntaje de acuerdo con los criterios, ponderación y puntajes de la siguiente tabla:


CRITERIO

DESCRIPCIÓN

Aporte ambiental (40%)

Se analiza la necesidad del emprendimiento/MiPymes de ajustar sus procesos de manera que inicien con su contribución a la sostenibilidad ambiental en la localidad mediante la puesta en marcha de acciones en pro de buenos hábitos de consumo y producción, separación en la fuente, ahorro energético, ahorro de agua, disminución de emisiones y/o control de vertimientos del proceso productivo expuesto.


Entrega de documentos y coherencia 

(15%)

Se valora que el registro cuente con todos los documentos requeridos para ser inscrito como participante, que haya contestado el cuestionario en su totalidad y que las respuestas sean claras y consistentes con los documentos entregados.


Viabilidad y sostenibilidad del proyecto 

(15%)

Se analiza la viabilidad y solvencia económica del emprendimiento/mipyme. Para ello se tendrán en cuenta el siguiente concepto:

  • Margen promedio de contribución (%)

Valores agregados para la sociedad (15%)

Se tienen en cuenta valores agregados para la sociedad y el ambiente que se listan a continuación:

  • Documentación en políticas y planes ambientales

  • Generación de puestos de trabajo

  • Vinculación con las TIC

Potencial de crecimiento / escalabilidad 

(5%)

Se determina si las empresas tienen un potencial de crecimiento fuerte, es decir, que puedan generar mayores ingresos y que tengan un mercado identificado en el que puedan crecer comercialmente e incrementar sus ventas. Los factores para analizar son:

  • Mercado potencial del producto/servicio

  • Competencia con ese mismo producto/servicio

Innovación / diferenciación de mercado 

(5%)

Se valora si el producto/servicio es innovador u ofrece un factor diferenciador. Por lo cual se analiza:

  • Grado de diferenciación del producto/servicio ofertado

Enfoque poblacional (5%)

Se otorga puntaje adicional a aquellos emprendedores/mipymes que cuenten en su equipo de trabajo con mujeres víctimas del conflicto armado, madres cabeza de hogar, jóvenes estudiantes, indígenas, mujeres campesinas, adultos mayores (hombres y mujeres), mujeres rurales, cuidadores (hombres y mujeres), personas con discapacidad (hombres y mujeres), comunidad LGBTI y/o comunidad NARP.




Rechazo de postulaciones

Se rechazarán las inscripciones de aquellos emprendimientos y/o MiPymes que:

  • No cumplan con los requisitos establecidos en estos Términos de referencia o no incluyan TODA la documentación exigida.

  • Incluyan información que no sea veraz o disposiciones contrarias a la ley colombiana.

Aclaración:

Si se detecta un intento de fraude o comportamientos irrespetuosos por parte del beneficiario durante cualquier etapa del programa hacia los representantes de la Alcaldía o de BD Guidance SAS, éste será retirado del proceso.

Formalización de la participación en el programa

Los emprendimientos seleccionados deberán confirmar su voluntad para participar en el programa a través de la firma de una CARTA DE COMPROMISO, con la cual garantizan que participarán en las actividades de:

  • Formación de 100 horas virtual o presencial, que se ejecutarán durante los meses de febrero a mayo de 2023, asistiendo puntualmente en las fechas y horarios establecidos.

  • 18 horas de asesoría y acompañamiento personalizado, firmando las actas de asistencia y/o documentos de soporte de las sesiones.

  • Diagnóstico, caracterización, elaboración de un estudio de mercado, estudio financiero, proyecto ambiental, entre otros.

  • Las demás derivadas del programa.

 

Cronograma del programa

ACTIVIDADES 

FECHA INICIO 

FECHA FIN

Inscripción a la convocatoria

20 de enero de 2023

03 de febrero de 2023

Verificación de cumplimiento de requisitos 

06 de febrero de 2023

09 de febrero de 2023

Publicación de resultados y contacto con los seleccionados

10 de febrero de 2023

15 de febrero de 2023

Ejecución del proceso de formación, asesoría técnica y demás actividades del programa

16 de febrero de 2023

14 de julio de 2023

 


Nota: Las fechas podrán estar sujetas a cambios por parte de la Alcaldía de Santa Fe y BD Guidance sin previo aviso, pero podrán ser consultadas en el sitio web del programa: www.comunidademprende.co

Obligaciones de los beneficiarios

  • Estar atentos a las fechas del proceso y cumplir con las actividades, según lo establecido en el cronograma.

  • Aceptar la política de tratamiento de datos.

  • Cumplir las condiciones establecidas en la convocatoria atendiendo los principios de transparencia y buena fe.

  • Recibir el/los servicio(s) habilitados por BD GUIDANCE conforme al alcance, actividades, número de sesiones de trabajo, entregables, resultados y condiciones pactadas y consignadas en el presente documento.

  • Recibir y aplicar los conocimientos transferidos por BD GUIDANCE.

  • Firmar el control de asistencia de las sesiones de trabajo realizadas con BD GUIDANCE.

  • Asumir los gastos no especificados y/o no cubiertos por el programa.

  • Autorizar expresa e irrevocablemente la Alcaldía de Santa Fe y a BD Guidance para reproducir, distribuir, comunicar públicamente en cualquier forma y por cualquier medio la socialización sobre su experiencia en el programa.

Así mismo, en caso de incumplir o abandonar el programa durante todas las etapas, el beneficiario deberá declarar que no interpondrá ningún tipo de reclamación contra el Fondo de Desarrollo Local y acepta que, en el caso de no hacer el uso adecuado al recurso de capitalización y abandonar el proceso de acompañamiento posterior a recibir el recurso, estará en la obligación de reembolsar la totalidad de los bienes y servicios por el valor total entregado al Fondo de Desarrollo Local, bajo el esquema que éste indique.